

SOPORTE LEGAL
SOPORTE LEGAL DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
​
Lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, en la Ley General de Educación y en el Decreto 1857 de 1994 y el Decreto 1743 de 1994, en el Código del Menor y en la Declaración Universal de los Derecho Humanos, constituye los lineamientos generales para orientar el ejercicio de las competencias frente a la AUTONOMÍA que tienen los establecimientos educativos para la adopción y puesta en marcha del PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (P.E.I).
Las orientaciones que se derivan del marco de referencia normativa y que institucionaliza la construcción del Proyecto Educativo Institucional en los planteles educativos, son los siguientes:
Constitución Nacional:
En los artículos 27, 41, 44, 45, 64, 67, 68, 69, 70.
En lo relacionado con la planeación, en lo económico los artículos 339, 356, 357, 365, 366.
Ley 60 de 12/93: (Reglamentaria de los artículos 356 y 357 de la Constitución Nacional).
Los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 9, 10, 21, 22, 23.
Ley 115 de 1994:
Articulado 6, 7, 23, 48, 48, 53, 61, 64, 67, 72, 73, 76, 77, 78, 79, 87, 88, 92, 102, 138, 139, 141, 144, 158, 193, 201, 203, y relacionados (1, 73).
Decreto 1860 de agosto de 1994:
En toda su extensión, en especial:
Ø Artículos 14, 15, 16 (Contenidos, adopción y obligatoriedad).
Ø Artículo 17 (Manual de Convivencia Social).
Ø Artículo 18 (Comunidad Educativa).
Ø Artículo 19 (Gobierno Escolar).
Ø Artículo 25 (Funciones del Rector).
Ø Artículo 30 (Asociación de Padres de Familia).
Decreto 1857 de agosto 3/94.
Decreto 1743 de agosto 3/94:
Artículos 1, 4 (Institucionaliza el Proyecto Educativo Ambiental).
Decreto 2737 de noviembre 27/89: (Código del Menor).
Artículos 7, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318.
Ley 152 de 1994. En lo relacionado con los Planes de Desarrollo.
Resolución emanada de la Secretaría de Educación de Caldas, a través de la cual se nos designa como Institución en jornada única: 3503-6 del 25 de abril de 2015.
Resolución emanada de la Secretaría de Educación de Caldas, a través de la cual se asigna a la Institución Educativa Manzanares la planta de personal docente, discriminada en docentes de aula regular y docentes en jornada única: 1801-6 de abril 28 de 2023.
Los lineamientos para la implementación de la jornada única en Colombia, establecidos por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia en el año 2022.
Los ejes movilizadores del programa de jornada única y otros documentos soporte emanados del Ministerio de Educación Nacional de Colombia.